AC1901-2015

2015

Asistente Jurídico Inteligente

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      República          de Colombia          

          

Corte          Suprema de Justicia    

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN  CIVIL  

JESÚS  VALL DE RUTÉN RUIZ  

Magistrado  ponente  

AC1901-2015  

Radicación  nº. 11001-02-03-000-2015-00271-00  

Bogotá,  D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015)  

Procede la Corte a  decidir sobre la admisibilidad de la demanda instaurada por Diego  Alejandro Villegas Gómez,  mediante la cual pretende obtener el exequátur para la  sentencia de 2 de noviembre de 2010, dictada por la Corte Suprema de  British Columbia, Canadá, en el proceso de divorcio del  matrimonio celebrado entre el solicitante y Ana María González  Arango, a cuyo propósito se considera:  

Por auto de 27 de  marzo de 2015 (fls. 26 y 27), este Despacho inadmitió la  solicitud de marras a efectos de que fueran subsanados por el  demandante unos defectos formales, so pena de rechazo.  

Sin embargo, como  lo informa la Secretaría de la Sala1,  vencido el término de cinco (5) días concedido en el  proveído aludido, el actor no atendió los  requerimientos contenidos en el mismo, lo cual impone el rechazo de  la presente demanda de exequátur, conforme lo prevé el  numeral 2º del artículo 695 del Código de  Procedimiento Civil.  

Por consiguiente,  de conformidad con los artículos 85 y 695 ídem,  se RECHAZA  la demanda de exequátur de que se ha hecho mérito en la  parte inicial de esta providencia, en cuanto no fuera subsanada.  

Devuélvanse  los anexos sin necesidad de desglose.  

Notifíquese.  

JESÚS  VALL DE RUTÉN RUIZ  

Magistrado  

1          Folio          29.  

      

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