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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC2446-2015
Radicación n.° 05001-31-03-013-2008-00228-01
Bogotá, D. C., doce (12) de mayo de dos mil quince (2015).-
Se admite la demanda presentada para sustentar el recurso extraordinario de casación que el demandante, señor JOSÉ BERNARDO TRUJILLO OSORIO, interpuso frente a la sentencia del 30 de enero de 2014, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Civil, dentro del proceso ordinario que él adelantó en contra de los señores MARIELA ARISTIZÁBAL DE TRUJILLO, GLORIA SELENE TRUJILLO DE MONTOYA, CARLOS HORACIO TRUJILLO ARISTIZÁBAL, CLARA MARÍA TRUJILLO ARISTIZÁBAL; de las sociedades TRUJILLO ARISTIZÁBAL & CÍA. S. EN C. y ARISTRU S.A.; y de los HEREDEROS INDETERMINADOS del causante Carlos Horacio Trujillo Arcila.
En consecuencia, se ordena correr traslado de dicho libelo, por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4º del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, a los actores, así: en primer lugar, a todos los determinados atrás mencionados, representados por un mismo apoderado judicial, el doctor José Fernando Ramírez Gómez; y en segundo término, a los referidos HEREDEROS INDETERMINADOS, representados por la curadora ad litem Gloria Esther Escobar Tamayo.
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado