Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL
AC 2621-2014
Radicación n° 13001 31 03 008 2006 00022 01
Bogotá D. C., diecinueve (19) de mayo de dos mil catorce (2014).
La demanda de casación que, en tiempo, presentara la sociedad XXXXXXXXXXXXXXX –en liquidación- cesionaria de los derechos del señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y la sociedad XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, parte actora, tendiente a sustentar el recurso extraordinario por ella formulado frente a la sentencia proferida el catorce (14) de febrero de dos mil trece (2013), por parte de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, dentro del proceso de pertenencia promovido en contra de personas indeterminadas, causa a la que fue citada la señora XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, cumple las exigencias previstas en los artículos 373 y 374 del C. de P.C., por lo que SE ADMITE la misma.
Del libelo incoativo córrase traslado a la parte opositora, en la forma y términos previstos en el inciso 4º del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese
MARGARITA CABELLO BLANCO
Magistrada