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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
Radicación n.° 05001-31-03-011-2009-00167-01
Bogotá, D. C., primero (1º) de junio de dos mil quince (2015).-
Se admite la demanda presentada para sustentar el recurso extraordinario de casación, que los actores LUIS ALBERTO ARBOLEDA ARIAS e INVERSIONES EL CHAGUALO S.A. interpusieron frente a la sentencia del 3 de diciembre de 2013, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, dentro del presente proceso ordinario que ellos adelantaron en contra de IVÁN DARÍO RAMÍREZ GARCÍA y PERSONAS INDETERMINADAS.
En consecuencia, se ordena correr traslado de dicho libelo a los accionados por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4º del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, así: primero a Ramírez García, representado judicialmente por el doctor Bairon de Jesús Sampedro Olarte; y, en segundo lugar, a las PERSONAS INDETERMINADAS, cuyo curador ad litem es el doctor Jhon Mario Pérez Londoño.
Notifíquese y cúmplase.
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado