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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC257-2016
Radicación n.° 11001-31-03-032-2010-00737-01
Bogotá D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil dieciséis (2016)
En atención a las peticiones elevadas dentro del asunto de la referencia, se reconoce personería para actuar como apoderada judicial de los recurrentes en casación Jaime Fabio y Humberto Blanco Barón a la abogada María Gloria Salcedo Rodríguez, de conformidad con los mandatos que obran a folios 4 y 6 del plenario.
Así mismo, se acepta la renuncia presentada por el doctor Libardo Peña Padilla al poder que le fue conferido por Jaime Fabio, Humberto, Nelson y Fabiola Blanco Barón, no sin antes advertir, que esta aprobación sólo producirá los efectos pertinentes frente a los dos últimos, cinco (5) días después de que se notifique este pronunciamiento y una vez se les informe a sus mandantes. En consecuencia, líbrense las comunicaciones del caso, de conformidad con lo previsto en inciso 4º del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
Finalmente, se precisa que aunque en el auto que data del 1º de diciembre de 2015 se les concedió a los recurrentes un término común para presentar la demanda, por cuanto éstos se encontraban representados por el mismo gestor judicial, en virtud de lo ordenado en este pronunciamiento, se dispone que dicho traslado deberá correrse en el siguiente orden: En primer lugar a los impugnantes Nelson y Fabiola Blanco Barón y, posteriormente a los interesados Jaime Fabio y Humberto Blanco Barón, quienes se encuentran asistidos por la profesional del derecho María Gloria Salcedo Rodríguez.
Notifíquese,
Magistrado