Asistente Jurídico Inteligente
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ATC5427-2016
Radicación n.° 11001-22-10-000-2016-00365-01
Bogotá, D. C., veintitrés (23) de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Del examen preliminar realizado al expediente de la referencia se observa que en él no obra el escrito de impugnación instaurado frente al fallo de tutela de 28 de julio de 2016, al que hace referencia el oficio No. A-740 de la secretaría de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá a folio 1 del cuaderno de la Corte, pues si bien en éste se afirma que se remite el asunto para «resolver la impugnación concedida», lo cierto es que en las piezas remitidas no se encuentra el escrito mediante el cual se interpuso dicho mecanismo ni el auto que lo concede.
Con base en lo expuesto, se dispone devolver las presentes diligencias a la mencionada Corporación, para que adopte las medidas de rigor en orden a superar tal vicisitud.
Cumplido lo anterior, remitirá nuevamente las diligencias a esta dependencia para proveer lo pertinente respecto de la impugnación del fallo.
Comuníquese a los interesados.
Cúmplase,
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado
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