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AC1775-2021 (2018-00014-01)
AC1775-2021
Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Mediante auto de 8 de marzo de 2021, se admitió el recurso de casación interpuesto por Franquicias Latinoamericanas S.A. frente a la sentencia de 23 de septiembre de 2020, proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla; asimismo, se corrió traslado al impugnante, por el término de 30 días, a fin de que presentara la respectiva demanda de sustentación.
Sin embargo, la sociedad convocante no atendió esa carga oportunamente, conforme se indicó en el informe secretarial que antecede, razón por la cual, al amparo de lo dispuesto en el artículo 343 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,
RESUELVE
PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto por Franquicias Latinoamericanas S.A., contra el fallo de fecha y procedencia anotadas.
SEGUNDO. ABSTENERSE de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo 365, numeral 8, Código General del Proceso).
TERCERO. Ejecutoriado este proveído, remítanse las diligencias al ad quem, para lo de su competencia.
Notifíquese y cúmplase
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado