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AC5996-2021 (2021-00427-00)
Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-00427-00
Bogotá, D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
1.- En auto AC5317 del 10 de noviembre del 2021, este Despacho resolvió el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto de Familia de Bucaramanga, el Segundo Promiscuo de Familia de Facatativá y el Juez de Familia del Circuito de Funza para seguir conociendo del procedimiento de «restablecimiento de derechos» seguido respecto de la niña (YPVB).
2.- Sin embargo, en atención a la constancia secretarial del 25 de noviembre del año en curso, resulta procedente corregir oficiosamente los numerales primero, segundo y tercero de la parte resolutiva del proveído en cita. Esto ante el error por cambio de palabras en que allí se incurrió involuntariamente, pues se ordenó la remisión del expediente y su comunicación a autoridades diferentes a las involucradas en el conflicto de competencia de marras.
Ello de conformidad con el precepto 286 del Código General del Proceso, el cual indica que «[t]oda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto (…)», lo cual también es aplicable «(…) a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de éstas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella (…)».
3.- Por lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil,
RESUELVE
PRIMERO. CORREGIR el numeral primero, segundo y tercero de la parte resolutiva del auto AC5317 del 10 de noviembre del 2021, el cual quedará así:
«PRIMERO: Declarar que el Juez de Familia del Circuito de Funza es el competente para seguir adelantando el trámite en referencia, donde se enviará el expediente.
SEGUNDO: Comunicar lo decidido al Juzgado Cuarto de Familia de Bucaramanga y al Segundo Promiscuo de Familia de Facatativá, acompañándole copia de este proveído.
TERCERO: Remitir el expediente al Juez de Familia del Circuito de Funza».
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado
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