Asistente Jurídico Inteligente
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AC222-2022 (2021-04694-00)
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada Ponente
AC222-2022
Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-04694-00
Bogotá, D.C., tres (3) de febrero de dos mil veintidós (2022).
El día 19 de enero del cursante año, se inadmitió la demanda de revisión elevada por César Fardy Rojas Barrantes, para que se subsanaran las deficiencias formales puestas de presente en el mentado proveído, cuya notificación se surtió por estado del día siguiente.
En constancia que antecede, la Secretaría de esta Sala informó, que «(…) vencido ayer veintisiete (27) de enero el término concedido a la recurrente en revisión para adecuar su demanda, bajo los lineamientos contenidos en el auto habido al orden 3 de Ecosistema (…)», el interesado «no lo hizo». De conformidad con lo establecido en el artículo 90, en concordancia con el numeral 2º del canon 358 del Código General del Proceso, se
RESUELVE:
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de revisión elevada por César Fardy Rojas Barrantes.
SEGUNDO. No hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido adosados en formato digital. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley.
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada