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AC3923-2022 (2018-03986-00)
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada Ponente
AC3923-2022
Radicación n. 11001-02-03-000-2018-03986-00
Bogotá, D. C., dos (2) de septiembre de dos mil veintidós (2022).
Mediante auto calendado 6 de julio del año en curso y con resguardo en el contenido del artículo 317 del Código General del Proceso, tras advertir que la notificación de Sergio Corrales Viamontes no se surtió con el total cumplimiento de las disposiciones legales, se requirió a la convocante en el asunto de la referencia, para que «dentro de los treinta (30) días siguientes al enteramiento de esta providencia, atienda la carga que le corresponde, esto es, notificar al convocado antes referido dando cabal cumplimiento a las formalidades impuestas en el Código General del Proceso, so pena de dar por terminada la actuación».
Por lo expuesto, la suscrita Magistrada de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:
PRIMERO. DECLARAR TERMINADO por desistimiento tácito el asunto de la referencia.
SEGUNDO. SIN CONDENA en costas por no aparecer causadas (art. 365, núm. 8 del C.G.P.).
TERCERO. ARCHÍVENSE las diligencias en su oportunidad.
Notifíquese,
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada