AC5519-2014 [2014-02035-00]

2014

Asistente Jurídico Inteligente

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    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN CIVIL  

AC5519-2014  

Radicación           n°  11001-0203-000-2014-02035-00   

Bogotá,  D.C., dieciséis (16) de septiembre  de dos mil catorce.   

De  conformidad  con  lo  establecido  en  el  artículo  381  del  Código  de  Procedimiento  Civil,  SE  RECHAZA  la demanda  mediante  la  cual  el  señor  IBSON  JOSÉ  JARAMILLO DURÁN interpuso recurso  extraordinario  de  revisión,  puesto  que  la Corte carece de competencia para  conocer  de  acusaciones  de esa naturaleza en frente de sentencias dictadas por  jueces  del  circuito,  y  la  que  se  pretende  enjuiciar fue proferida por el  Juzgado Veintiuno Civil del Circuito de Bogotá.   

En consecuencia, y toda vez que el competente  para  conocer  y  tramitar  dicho  recurso  es el Tribunal Superior del Distrito  Judicial  de  Bogotá,  se dispone que por Secretaría se remita la actuación a  dicha autoridad para lo que corresponda.   

Notifíquese y cúmplase.  

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

Magistrado  

    

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