AC1263-2016 (2009-00093-01)

2016

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.

        

República  de Colombia  

  

Corte  Suprema de Justicia  

Sala  de Casación Civil  

  

  

CORTE  SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA  DE CASACIÓN CIVIL  

  

LUIS  ARMANDO TOLOSA VILLABONA  

Magistrado  Ponente  

  

Radicación:  08001-31-03-008-2009-00093-01  

Aprobado  en Sala de veinte de enero de dos mil dieciséis  

  

Bogotá,  D. C., siete (7) de marzo de dos mil dieciséis (2016).  

  

La  magistrada, doctora MARGARITA CABELLO BLANCO, expresa su impedimento  para conocer del recurso de casación que interpuso  Antonio Crescenzi D’Alessandro, fallecido en causa, contra la  sentencia de 15 de septiembre de 2014, proferida por el Tribunal  Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala Civil-Familia,  en  el proceso incoado por Dorian Mejía Franco, hijo de la  causante Rosa del Socorro Franco Méndez de Crescenzi, frente a  la parte recurrente, por  cuanto la apoderada judicial del antedicho demandante funge como su  “(…)  mandataria en algunos asuntos personales (…)”.  

  

La  manifestación, sin más, debe ser aceptada, dado que la  circunstancia indicada se subsume en la hipótesis normativa  del artículo 150, numeral 5º del Código de  Procedimiento Civil, misma del artículo 141, numeral 5º  del Código General del Proceso, vigente  integralmente a partir del 1º de enero de 2016, según  Acuerdo PSAA15-10392 del Consejo Superior de la Judicatura, Sala  Administrativa, consistente  en “[s]er  alguna de las partes, su representante o apoderado, dependiente o  mandatario del juez o administrador de sus negocios”.  

  

No  hay lugar a sortear conjueces, al pervivir el número  mayoritario de los magistrados integrantes de la Sala, necesario para  deliberar y tomar decisiones, cual lo prevé el artículo  54, inciso 1º de la Ley 270 de 1996.  

  

DECISIÓN  

  

En  mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, Sala de  Casación Civil, acepta el impedimento de la magistrada,  doctora MARGARITA CABELLO BLANCO, para conocer del recurso de  casación de que se trata.  

  

Ejecutoriado  este proveído vuelva el expediente al despacho para lo  pertinente.  

  

NOTIFÍQUESE  

  

  

  

ÁLVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

(Presidente  de la Sala)  

  

  

  

  

  

  

  

FERNANDO  GIRALDO GUTIÉRREZ  

  

  

  

  

ARIEL  SALAZAR RAMÍREZ  

  

  

  

LUIS  ARMANDO TOLOSA VILLABONA  

      

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *