AC 1860 2021

MAYO

Asistente Jurídico Inteligente

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AC1860-2021 (2021-00786-00)

        

AC1860-2021  

Radicación  n. º 11001-02-03-000-2021-00786-00  

Bogotá  D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil veintiuno (2021).-  

Mediante  providencia del 21 de abril de 2021, se inadmitió la demanda  contentiva del recurso extraordinario de revisión de la  referencia, por lo que se concedió el término de cinco  (5) días a la parte interesada para que subsanara los defectos  advertidos, so pena de rechazo.  

La  Secretaría de la Sala informa que el pasado 29 de abril venció  el plazo concedido para enmendar, sin que se emitiera ningún  pronunciamiento.  

De  manera que como no se superaron las deficiencias advertidas por el  Despacho, se impone rechazar la demanda de conformidad con lo  previsto en el artículo 90 del Código General del  Proceso.  

En  mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte  Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, RESUELVE:  

PRIMERO.  RECHAZAR  la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión.  

SEGUNDO.  DEVOLVER  los anexos sin necesidad de desglose.  

Notifíquese,  

ÁLVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

Magistrado  

      

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