Asistente Jurídico Inteligente
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ATC1004-2021
ATC1004-2021
Radicación nº 11001-02-30-000-2021-00862-00
Bogotá D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintiuno (2021).
1. Paula Carolina Valencia Jaramillo demandó al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados invocando la protección de los derechos de petición y debido proceso, para que, se le ordenara resolver su «solicitud de aprobación de práctica jurídica» (12 abr. 2021).
2. Durante el trámite de esta instancia, la memorialista envió mensaje de datos electrónico mediante el cual manifiesta, que «(…) hoy, 12 de julio de 2021 recibí dicha resolución; y es este el motivo por el cual quiero desistir de la Acción de Tutela».
3.- Advertido que el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 consagra la potestad, en favor del demandante en tutela, de presentar desistimiento de su acción, se concluye que es viable la aceptación de este, pues tal conducta no ha sido proscrita, sino que, por el contrario, constituye la manifestación soberana de la voluntad de renunciar a las pretensiones, en un acto que expresa el ejercicio de la facultad dispositiva de quien interpuso la actuación.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Constitución, ACEPTA el desistimiento que de la demanda tutelar hace Paula Carolina Valencia Jaramillo. Lo anterior deberá ser comunicado electrónicamente a los interesados.
Notifíquese y Cúmplase
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada
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