ATC188 2021

FEBRERO

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC188-2021  

Radicación n°  11001-02-03-000-2021-00406-00  

Bogotá, D.  C., diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiuno (2021).  

Sería del  caso entrar a decidir el conflicto de competencia suscitado entre el  Juzgado Primero Civil de Circuito de Oralidad de Envigado y la Sala  de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín,  para conocer de la acción de tutela promovida por Nelly Mauren  García Espitia contra el Juzgado Primero de Familia de  Envigado,  la Comisaría Cuarta de Familia y la Fiscalía 245  Seccional de la misma ciudad, la Policía Metropolitana del  Valle de Aburrá  -Dirección de Protección y Servicios Especiales-, el  Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Ejército  Nacional de Colombia, si no fuera  porque se advierte la falta de competencia para definirlo, de  conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 270  de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia.  

Lo anotado como  quiera que las entidades en conflicto, a pesar de tener diferente  especialidad jurisdiccional, pertenecen al mismo distrito judicial,  circunstancia por la cual la competencia se le confiere al mismo  Tribunal Superior, por conducto de Salas Mixtas integradas del modo  que señale el reglamento interno de la Corporación.  

Consecuentemente  se dispondrá la remisión inmediata del expediente a la  Sala mencionada, para lo de su cargo.  

Así las  cosas, se  dispone  

PRIMERO:  Abstenerse de resolver el aludido conflicto, por las razones  expuestas en la parte motiva de esta providencia. Por Secretaría  de la Sala remítase de manera inmediata el expediente al  Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín, para lo de  su cargo.  

SEGUNDO:  Notifíquese lo así decidido, mediante comunicación  telegráfica, a los interesados.  

NOTIFÍQUESE  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Magistrado  

      

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