ATC379 2021

MARZO

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC379-2021

        

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

Magistrado  Ponente  

ATC379-2021  

Radicación  n° 11001-02-03-000-2021-00740-00  

(Aprobado  en sesión de veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno)  

Bogotá,  D.C, veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021).  

De  conformidad con la causal prevista en el numeral 6º del artículo  56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por  remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se  acepta el impedimento  que en la fecha manifestó la magistrada Hilda González  Neira, para intervenir en la acción de tutela de la  referencia, por cuanto, como magistrada de la Sala Civil del Tribunal  Superior de Bogotá, participó en la discusión y  proferimiento de la providencia objeto del actual examen  constitucional.  

En  consecuencia, se le declara separada del conocimiento, sin que se  considere necesaria la designación de conjuez para  reemplazarla, toda vez que con los demás integrantes de la  Sala se satisface el quórum  requerido  para deliberar y resolver el presente asunto.  

Comuníquese  esta decisión por el medio más expedito.  

Presidente  de Sala  

ÁLVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

AROLDO  WILSON QUIROZ MONSALVO  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

LUIS  ARMANDO TOLOSA VILLABONA  

      

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