Asistente Jurídico Inteligente
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ATC379-2021
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado Ponente
ATC379-2021
Radicación n° 11001-02-03-000-2021-00740-00
(Aprobado en sesión de veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno)
Bogotá, D.C, veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
De conformidad con la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se acepta el impedimento que en la fecha manifestó la magistrada Hilda González Neira, para intervenir en la acción de tutela de la referencia, por cuanto, como magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, participó en la discusión y proferimiento de la providencia objeto del actual examen constitucional.
En consecuencia, se le declara separada del conocimiento, sin que se considere necesaria la designación de conjuez para reemplazarla, toda vez que con los demás integrantes de la Sala se satisface el quórum requerido para deliberar y resolver el presente asunto.
Comuníquese esta decisión por el medio más expedito.
Presidente de Sala
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
LUIS ALONSO RICO PUERTA
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA