AC 1123 2023

MAYO

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.

AC1123-2023 (2021-03286-00)

        

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  Ponente  

AC1123-2023  

Radicación  n° 11001-02-03-000-2021-03286-00  

Bogotá  D.C., tres (3) de mayo de dos mil veintitrés (2023).  

El  17 de abril del año cursante se inadmitió la demanda de  revisión presentada en el asunto de la referencia para que se  subsanaran las deficiencias formales puestas de presente en dicho  proveído, cuya notificación se surtió por estado  del 18 de abril siguiente.  

No  obstante, en constancia que antecede, adiada 26 de abril de 2023, se  observa que la secretaría de esta Sala informó que «(…)  En la fecha ingresa a despacho, vencido ayer martes veinticinco (25)  de abril el término establecido en providencia que antecede al  orden 27 del Esav, para subsanar la demanda de revisión. No  hubo pronunciamiento»,  circunstancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo  90, en concordancia con el inciso 2º del canon 358 del Código  General del Proceso,  impone el rechazo del libelo introductor.  

En  consecuencia, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia,  Sala de Casación Civil y Agraria, RESUELVE:  

PRIMERO.  RECHAZAR la  demanda de revisión instaurada por el ciudadano Federico  Donado.  

SEGUNDO.  No  hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido  adosados en formato digital. Archívense las diligencias,  previas las constancias de ley.  

Notifíquese,  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  

      

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *