Asistente Jurídico Inteligente
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AC1653-2023 (2023-00582-00)
AC1653-2023
Radicación n°. 11001-02-03-000-2023-00582-00
Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintitrés (2023).
1.- En vista de que el promotor dio cumplimiento a lo requerido en el auto de 16 de marzo pasado, y la demanda de revisión satisface las exigencias de ley, dando aplicación a lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 358 del Código General del Proceso, se REQUIERE al Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Medellín a fin de que remita copia íntegra, digital o digitalizada, del expediente con radicado 2019A-0049.
Por Secretaría, ofíciese a la citada Corporación por la vía prevista en el artículo 11 de la Ley 2213 de 2022. Déjense las constancias del caso.
2.- Se reconoce personería a la abogada Nohora Lilibet Parra Riaño como apoderada del señor Pablo Andrés Medina Martínez, en los términos del poder aportado.
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado