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AC3011-2023 (2023-03552-00)
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada Ponente
AC3011-2023
Radicación n° 11001-02-03-000-2023-03552-00
Bogotá, D. C., diez (10) de octubre de dos mil veintitrés (2023)
El 26 de septiembre del cursante año se inadmitió la demanda de revisión presentada en el asunto de la referencia, para que se subsanaran las deficiencias formales puestas de presente en el mentado proveído, cuya notificación se surtió por estado del día siguiente
En constancia que antecede, la Secretaría de esta Sala informó que «(…) venció ayer cuatro (04) de octubre, el término de cinco (5) días concedidos a ALBA LUZ SANCHEZ TORRES, para subsanar la demanda de revisión. No hubo pronunciamiento», circunstancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, en concordancia con el numeral 2º del canon 358 del Código General del Proceso, impone el rechazo del libelo introductor.
En consecuencia, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural RESUELVE:
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de revisión elevada por Alba Luz Sánchez Torres.
SEGUNDO. No hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido adosados en formato digital. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley.
Notifíquese y cúmplase,
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada