AC 3011 2023

OCTUBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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AC3011-2023 (2023-03552-00)

        

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada Ponente  

AC3011-2023  

Radicación  n° 11001-02-03-000-2023-03552-00  

Bogotá, D.  C., diez (10) de octubre de dos mil veintitrés (2023)  

El  26 de septiembre del cursante año se inadmitió la  demanda de revisión presentada en el asunto de la referencia,  para que se subsanaran las deficiencias formales puestas de presente  en el mentado proveído, cuya notificación se surtió  por estado del día siguiente  

En  constancia que antecede, la Secretaría de esta Sala informó  que «(…)  venció ayer cuatro (04) de octubre, el término de cinco  (5) días concedidos a ALBA LUZ SANCHEZ TORRES, para subsanar  la demanda de revisión. No hubo pronunciamiento»,  circunstancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo  90, en concordancia con el numeral 2º del canon 358 del Código  General del Proceso,  impone el rechazo del libelo introductor.  

En  consecuencia, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia,  Sala de Casación Civil, Agraria y Rural RESUELVE:  

PRIMERO.  RECHAZAR la  demanda de revisión elevada por Alba Luz Sánchez  Torres.  

SEGUNDO.  No  hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido  adosados en formato digital. Archívense las diligencias,  previas las constancias de ley.  

Notifíquese  y cúmplase,  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  

      

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