AC 4139 2022

SEPTIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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AC4139-2022 (2019-00843-00)

        

AC4139-2022  

Radicación  n° 11001-02-03-000-2019-00843-00  

Bogotá,  D.C., trece (13) de septiembre de dos mil veintidós (2022).  

Previo  a dictar la sentencia de rigor, el suscrito Magistrado observa que no  se vislumbra en el expediente la certificación de la que trata  el acuerdo internacional suscrito entre Colombia y el Reino de  España1,  relativo a que  la ejecutoria o firmeza de la decisión objeto de homologación  «se  comprobará por un certificado expedido por el Ministerio de  Gobierno o de Gracia y Justicia […]»,  hoy, Subdirección  General Adjunta de Cooperación Jurídica Internacional y  Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de España.  

Por  lo tanto, el Despacho ORDENA  que, en el término de 15 días, el extremo activo  allegue copia debidamente legalizada de la certificación que  demuestre la ejecutoria del fallo extranjero, con fundamento en las  reglas referidas.  

NOTIFÍQUESE  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

1          Convenio sobre Ejecución de Sentencias Civiles entre la          República de Colombia y el Reino de España, suscrito          en Madrid, Reino de España, el 30 de mayo de 1908.  

      

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