AC 790 2022

MARZO

Asistente Jurídico Inteligente

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AC790-2022 (2021-00471-00)

        

AC790-2022  

Radicación  n.° 11001-02-03-000-2021-00471-00  

Bogotá D.C., dos (02)  de  marzo de  dos  mil  veintidós  (2022).  

1. Por auto de 3 de febrero de  2022, se inadmitió la demanda contentiva del recurso de  revisión de la referencia. Y se concedió a la  demandante el término de cinco días para subsanar los  defectos advertidos, so pena de rechazo.  

2. Según informe  secretarial1  del 14 de febrero de 2022, el plazo concedido para enmendar venció  en silencio.  

De manera que como no se  superaron las deficiencias advertidas, se impone rechazar la demanda  de conformidad con el artículo 90 del Código General  del Proceso, en armonía con el inciso 2° del canon 358  ibidem.  

En mérito de lo  expuesto, el suscrito Magistrado de la Sala Civil de la Corte Suprema  de Justicia, resuelve:  

PRIMERO. RECHAZAR la  demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión.  

SEGUNDO. No  hay lugar a devolver los anexos, por cuanto fueron allegados vía  correo electrónico en formato digital.  

NOTIFÍQUESE  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Magistrado  

1          Consecuencial No. 005. de          Ecosistema. 14 de febrero de 2022      

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