AC 968 2023

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AC968-2023 (2021-01434-00)

        

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  Ponente  

AC968-2023  

Radicación  n°11001-02-03-000-2021-01434-00  

Bogotá  D.C., catorce (14) de abril de dos mil veintitrés (2023).  

No  obstante, en constancia que antecede, adiada 30 de marzo de 2023, se  observa que la secretaría de esta Sala informó que «(…)  En la fecha ingresa a despacho de la señora Magistrada que  asumió conocimiento, vencido ayer miércoles veintinueve  (29) de marzo el término establecido en providencia que  antecede al orden 28 del Esav, para subsanar la demanda de revisión.  No hubo pronunciamiento»,  circunstancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo  90, en concordancia con el inciso 2º del canon 358 del Código  General del Proceso,  impone el rechazo del libelo introductor.  

En  consecuencia, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia,  Sala de Casación Civil, RESUELVE:  

PRIMERO.  RECHAZAR la  demanda de revisión elevada por Inversiones y Construcciones  Támesis S.A.  

SEGUNDO.  No  hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido  adosados en formato digital. Archívense las diligencias,  previas las constancias de ley.  

Notifíquese,  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  

      

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