ATC1063 2022

JULIO

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC1063-2022

        

DORA  CONSUELO BENÍTEZ TOBÓN  

Conjuez  Ponente  

Radicación  n° 11001-02-30-000-2022-00535-00  

(Aprobado en sesión de  diecinueve de julio de dos mil veintidós)  

Bogotá D.  C., diecinueve (19) de julio de dos mil veintidós (2022).  

SE ACEPTA  el impedimento para conocer de la acción de tutela de la  referencia manifestado por parte de los Honorables Magistrados Hilda  González Neira, Martha Patricia Guzmán Álvarez,  Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo, Luis Alonso Rico Puerta, Octavio  Augusto Tejeiro Duque y Francisco Ternera Barrios, por cuanto la  circunstancia a la que cada uno de ellos alude se ajusta a lo  previsto en el numeral 6º del artículo 56 del Código  de Procedimiento Penal, aplicable para este caso según  remisión que al afecto hace el artículo 39 del decreto  2591 de 1991, toda vez que conformaron la Sala donde se negó  la acción de tutela con radicado  11001-02-03-000-2022-00192-00, el 2 del febrero del año en  curso, mediante la sentencia STC797-2022, -luego confirmada en su  esencia por la Sala de Casación Laboral de esta Corporación-,  de cuya decisión los accionantes Juan David Naranjo Ceballos,  María Sonia Ceballos Lotero y Manuel Antonio Márquez  Maussa, derivan la actual queja constitucional.  

NOTIFÍQUESE.  

DORA CONSUELO  BENÍTEZ TOBÓN  

Conjuez Ponente  

JUAN FERNANDO  BECHARA PORRAS  

Conjuez  

JUAN GUILLERMO  BETANCUR LONDOÑO  

Conjuez  

JULÍA  MARÍA DEL ROSARIO BOTERO LARRARTE  

Conjuez  

JORGE FORERO  SILVA  

Conjuez  

JOSÉ  ALBERTO GAITÁN MARTÍNEZ  

Conjuez  

      

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