Asistente Jurídico Inteligente
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ATC1783-2022
ATC1783-2022
Bogotá D.C., treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022).
1. Albert Pinchassow Rodríguez interpuso acción de tutela contra la Sala de Instrucción de la Sala de Casación Penal de esta Corporación el pasado 18 de julio.
2. Mediante mensaje de datos del pasado 29 de noviembre, el accionante manifestó su deseo de desistir del auxilio reclamado «toda vez que el día 25 de noviembre de 2022, tuvo conocimiento del concepto favorable para mi extradición simplificada».
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 y en concordancia con el artículo 314 y siguientes del Código General del Proceso1, resulta procedente la anterior solicitud, pues las normas citadas se orientan a respaldar la manifestación soberana de la voluntad de renunciar a las pretensiones, en un acto que expresa el ejercicio de la facultad dispositiva de quien interpuso la acción constitucional.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, ACEPTA el desistimiento de la acción de tutela formulada por Albert Pinchassow Rodríguez.
Lo anterior deberá ser comunicado electrónicamente a los interesados.
Cúmplase
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ
Magistrada
1 Precepto aplicable en materia de tutela, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 306 de 1992, reglamentario del 2591 de 1991.