Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC5137-2014
Radicación n° 11001-3103-014-1995-02015-01
Bogotá, D.C., veintinueve (29) de agosto de dos mil catorce (2014).
No se accede a lo solicitado por el incidentante según escrito visible a folio 242, toda vez que para consultar el expediente no se requiere que se encuentre materialmente en la Corte.
Señálase la hora de las 11:00 am del día 8 de septiembre de 2014 para la posesión del perito que manifestó su aceptación del cargo (fls. 243-244), a quien se le concede el término de diez (10) días para que rinda su dictamen.
En relación con las advertencias formuladas por dicho auxiliar de la justicia, se le exhorta a que observe con detenimiento que el objeto y los alcances de la prueba fueron precisados en el auto de 24 de julio de 2013 que la decretó (fls. 127-130).
Sobre lo demás, se proveerá en su respectiva oportunidad, tal como lo establece el artículo 237 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese.
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado