AC7661-2014 [2008-00011-01]

2014

Asistente Jurídico Inteligente

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    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN CIVIL  

AC7661-2014  

Radicación    n°  25386-31-03-001-2008-00011-01   

Bogotá, D. C., diez (10) de diciembre de dos  mil catorce (2014).-   

En  camino  del proferimiento de la sentencia  decisoria   del   recurso   de   casación   que   el   demandante  JOSÉ  RICARDO  SUÁREZ  TORRES  interpuso  contra  el  fallo de segundo grado dictado en este proceso, que él adelantó en  contra  de  la  COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES VILLA DE  LA   MESA,   COOTRANSVILLA  LTDA.,  advierto  que  mi cónyuge, doctora Luz Stella  Roca  Betancur,  integró  la Sala Civil de Descongestión del Tribunal Superior  de  Bogotá que profirió el proveído impugnado extraordinariamente, fechado el  30 de marzo de 2012, (fls. 33 a 60, cd. 3).   

Así   las   cosas,   por   concurrir   la  circunstancia  prevista  en  la  causal  2ª  del  artículo  150 del Código de  Procedimiento   Civil,   es   del   caso   DECLARARME  IMPEDIDO para conocer del presente asunto.   

Pase   el   expediente   al  despacho  que  corresponda, para lo de su cargo.   

Notifíquese     y     cúmplase   

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

Magistrado    

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