STC4653-2024

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OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

Magistrado  ponente  

  

 STC4653-2024  

Radicación  nº 11001-02-03-000-2024-01190-00  

(Aprobado  en sesión de veinticuatro  de  abril de  dos  mil veinticuatro)  

  

Bogotá  D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil veinticuatro (2024).  

  

Se  resuelve la tutela que  Sandra Viviana Lerma Salazar  interpuso contra  la Sala  Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y el  Juzgado 13 del Circuito de la misma especialidad y ciudad extensiva a  las autoridades, partes e intervinientes en la pertenencia con  radicado n° 760013103013-2021-00322-02.  

  

ANTECEDENTES  

1.  La accionante pidió que se deje sin efecto el auto que declaró  la deserción de su alzada (1° mar. 2024). En sustento,  adujo ser demandante en el litigio objeto de revisión que  terminó con sentencia desfavorable a sus pretensiones. Relató  que interpuso apelación que fue sustentada por escrito ante el  a quo (6 feb. 2024), admitida por el tribunal (13 feb. 2024) y  declarada desierta por la insatisfacción de dicha carga ante  el juez de segunda instancia (1° mar. 2024). De esta  determinación derivó la lesión a sus derechos  fundamentales.  

  

2.  A la fecha de elaboración de esta providencia no se  presentaron manifestaciones adicionales.  

  

CONSIDERACIONES  

  

El  amparo será declarado improcedente porque no se satisface el  requisito de subsidiariedad que impera en este tipo de trámites  constitucionales, en la medida que no se acreditó -ni  se infiere del expediente o la página web de consulta de  expedientes de la Rama Judicial1-  que la impulsora recurriera el auto de declaró la deserción  de su apelación (1° mar. 2024), del cual deriva la lesión  ius  fundamental, dentro  de la oportunidad y a través de los mecanismos ordinarios de  defensa judicial que el legislador le otorgó para ello, en  este caso concreto, mediante el recurso de reposición  consagrado en el artículo 318 del Código General del  Proceso.  

  

De  allí que resulte ostensible, de un lado, la incuria de la  libelista frente a la posibilidad que tuvo de reprochar la decisión  que por esta senda cuestiona, y de otro, el desconocimiento del  carácter subsidiario y excepcional que caracteriza a este tipo  de trámite constitucional.  

  

DECISIÓN  

  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala  de Casación Civil y Agraria y Rural, administrando justicia en  nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley,  resuelve  DECLARAR IMPROCEDENTE la  tutela instada por Sandra Viviana Lerma Salazar.  

  

Infórmese a  los participantes por el medio más expedito y remítase  el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión,  de no impugnarse esta resolución.  

  

  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE  

  

  

FERNANDO  AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA   

Presidente  de Sala   

  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Ausencia  justificada  

   

MARTHA  PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ   

  

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE   

  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

1          https://consultaprocesos.ramajudicial.gov.co/Procesos/NumeroRadicacion

      

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