Asistente Jurídico Inteligente
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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC690-2016
Radicación n° 11001-02-03-000-2014-02700-00
Bogotá D.C., doce (12) de febrero de dos mil dieciséis (2016).
De conformidad con la solicitud que antecede y encontrándose satisfechos los requisitos previstos en el artículo 160 y s.s. del Código de Procedimiento Civil, se concede amparo de pobreza a la señora María Eugenia Castillo Baquero y se designa al abogado Alberto Rosado Capataz para que la represente en el trámite del recurso extraordinario de revisión.
Tal nombramiento se lleva a cabo previo sorteo realizado entre los integrantes de la «RELACIÓN DE PROFESIONALES QUE ACTUALMENTE APODERAN EN PROCESOS DE REVISIÓN ANTE LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA», la cual fue elaborada por la Secretaría para un asunto de contornos similares1.
En consecuencia, comuníquesele al profesional del derecho su nombramiento, con el fin de que lo acepte dentro de los cinco (5) días siguientes al envío del telegrama correspondiente o a la notificación realizada por cualquier otro medio.
Para los efectos procesales pertinentes y de conformidad con lo previsto en el inciso final del artículo 161 ibídem, téngase en cuenta que como la amparada no se encontraba representada por un gestor judicial, el término que le fue concedido para contestar la demanda, esto es, los cinco (5) días que empezaron a correr el 17 de septiembre de 2015 y culminarían el 23 siguiente, se suspendieron con la presentación de la solicitud el día 22, hasta cuando el aquí designado acepte el encargo, restándole entonces dos (2) días para ejercer su derecho de defensa.
Notifíquese,
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado
1 11001-02-03-000-2012-02854-00