Asistente Jurídico Inteligente
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LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado ponente
ATC6163-2016
(Aprobado en sesión del 14 de septiembre de dos mil dieciséis)
Bogotá, D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).
Por cuanto el impedimento manifestado en Sala por el Honorable Magistrado Ariel Salazar Ramírez se encuentra tipificado en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que su cónyuge fue ponente en la Sala de Decisión que resolvió la acción de tutela de la referencia en primera instancia, se acepta y se le declara separado del conocimiento de este proceso.
No se designa Conjuez para reemplazarlo, en atención a que con el resto de Magistrados se constituye quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto.
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Presidente de Sala
MARGARITA CABELLO BLANCO
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
LUIS ALONSO RICO PUERTA
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
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