ATC6762-2016

2016

Asistente Jurídico Inteligente

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AROLDO WILSON  QUIROZ MONSALVO  

Magistrado  ponente  

  

  

ATC6762-2016  

Radicación  n.° 11001-02-04-000-2016-01016-01  

  

  

Bogotá, D.  C., cinco (5) de octubre de dos mil dieciséis (2016).  

  

Se  rechaza por extemporánea la impugnación formulada  por  la apoderada del gestor, Carmen Ibet Álzate Barbosa  contra el  fallo de 18 de agosto de 2016 dictado por la Sala  Penal de la Corte Suprema de Justicia,  dentro de la acción de tutela formulada en representación  del señor Leonardo Fabio Reines Vásquez  contra La Sala Penal de tribunal Superior de Distrito Judicial de  Santa Marta, y Juzgado Primero Penal del Circuito de la misma ciudad.  

  

Lo  anterior, porque el  23 de agosto de 2016 le fue entregado por correo electrónico  la notificación mediante telegrama de la sentencia de primer  grado (fl. 144, vuelto).  e impugnó el fallo el 29 agosto  del  mismo año (fl. 154, cdno. 1), es decir, vencido el término  de tres (3) días previsto para el efecto en el artículo  31 del Decreto 2591 de 1991.  

  

La Secretaría  comunicará lo decidido a los interesados y remitirá el  expediente a la Corte Constitucional, para su eventual revisión.  

  

Notifíquese  y Cúmplase  

  

  

  

  

AROLDO WILSON  QUIROZ MONSALVO  

Magistrado  

  

  

      

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