Asistente Jurídico Inteligente
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Magistrado Ponente
ATC090-2020
Radicación n° 11001-02-03-000-2020-00255-00
(Aprobado en sesión de cinco de febrero de dos mil veinte)
Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil veinte (2020).-
Se acepta el impedimento que el Magistrado Ariel Salazar Ramírez manifestó verbalmente en Sala de la fecha, para emitir pronunciamiento en relación con la acción de tutela de la referencia, de conformidad con la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, relacionado con que la «cónyuge (…) dictó la providencia a revisar», ya que la decisión criticada fue proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, siendo miembro de la respectiva Sala de Decisión la Magistrada Adriana Saavedra Lozada, quien es su consorte.
En virtud de lo expuesto, SE ACEPTA el citado impedimento.
Comuníquesele la determinación por el medio más expedito.
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Presidente de Sala
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
LUIS ALONSO RICO PUERTA
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE