Asistente Jurídico Inteligente
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AC2557-2023 (2023-00639-00)
AC2557-2023
Radicación n.° 11001-02-03-000-2023-00639-00
Bogotá D. C., cinco (5) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
De conformidad con el numeral 4 del artículo 31 del Código General del Proceso, corresponde a las salas civiles de los tribunales superiores de distrito judicial conocer «del recurso de revisión contra las sentencias dictadas por los jueces civiles del circuito, civiles municipales y de pequeñas causas, y por las autoridades administrativas cuando ejerzan funciones jurisdiccionales».
En el presente caso, Magier Adolfo Vitola Montalvo, a través de apoderada judicial, interpone recurso extraordinario de revisión contra la sentencia de 10 de noviembre de 2022, proferida por el Juzgado 42 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá, en el juicio de restitución de inmueble arrendado iniciado en su contra por Miguel Ángel Castellanos Barbosa. Así las cosas, la competencia para conocer del mentado recurso extraordinario de revisión es de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por ser el tribunal superior funcional del Juzgado 42 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de esta ciudad.
Por consecuencia, SE DISPONE:
1. Ordenar la remisión, por competencia, del presente recurso extraordinario de revisión a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para que sea sometido al correspondiente reparto. La secretaría proceda de conformidad dejando las constancias del caso.
2. Reconocer personería a la abogada Angie Vanessa Espinel Mahecha, como apoderada judicial del recurrente en los términos del poder a ella conferido.
Notifíquese.
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO