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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC081-2016
Radicación n.° 05001-31-10-009-2008-00430-01
Bogotá, D.C., dieciocho (18) de enero de dos mil dieciséis (2016).-
La demandada Nancy Liliana Pineda Correa, en el escrito visible a folios 46 y 47 precedente, solicitó que se levanten las medidas cautelares decretadas sobre los predios identificados con los folios de matrícula inmobiliaria Nos. 001-255567 y 001-255568 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín, toda vez que las sentencias de primera y de segunda instancia proferidas dentro del proceso de la referencia, fueron completamente absolutorias.
Al respecto, baste decir, que la memorialista debe ceñirse a lo decidido en el ordinal cuarto de la parte dispositiva del fallo de primer grado, en el que se ordenó “el levantamiento de todas y cada una de las medidas cautelares asentadas” (fl. 1550, cd. 1, vto), determinación que fue confirmada por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín, como consta en la providencia del 11 de diciembre de 2014, mediante la que se desató la alzada propuesta por la demandante en contra del aludido proveído (fl. 51 cd. 5).
Notifíquese
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado