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Radicación n° 11001-02-03-000-2022-00253-00
AC405-2024
Radicación n° 11001-02-03-000-2023-04206-00
Bogotá D.C., ocho (8) de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
De conformidad con el informe secretarial que antecede y verificado que el extremo activo no subsanó el escrito inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 7 de noviembre de 2023, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de la referencia.
SEGUNDO. DEVOLVER los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código General del Proceso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado
Radicación n° 11001-02-03-000-2022-00253-00